SAK FUNDACIÓN, A.C.

EXPIDE EL PRESENTE
CONSENTIMIENTO INFORMADO Y ACUERDO DE SERVICIOS,PARA LA ATENCIÓN MÉDICA, PSIQUIÁTRICA, PSICOLÓGICA O ACOMPAÑAMIENTO PARA EL PACIENTE

Por favor, lea atentamente la siguiente información:

Esta sección contiene información importante acerca de los servicios de asesoría o atención médica, psiquiátrica, psicológica o de acompañamiento, que recibirá por parte de SAK FUNDACIÓN, A.C. de acuerdo a los siguientes:

Términos y Condiciones

CAPÍTULO I: GENERALIDADES

Artículo 1. SAK Fundación, A.C., expide el presente consentimiento informado que establece los Términos y Condiciones para recibir atención médica, psiquiátrica, psicológica, terapéutica o acompañamiento por parte del equipo de salud de SAK Fundación, A.C., para el paciente.

Artículo 2. El equipo de salud de SAK Fundación está conformado por profesionales capacitados en psiquiatría, psicología, suicidología, tanatología u otras vertientes de salud, que buscan prioritariamente la recuperación y atención de calidad para los pacientes.

Artículo 3. Se consideran pacientes de SAK Fundación, A.C., a quienes hayan sido aceptados como tal, de acuerdo a lo dispuesto en el Capítulo II del presente Consentimiento Informado y de acuerdo a los Términos y Condiciones aquí establecidos.

Artículo 4. El hecho de ser paciente de SAK Fundación, A.C., y recibir la atención respectiva por parte de cualquiera de los profesionistas de salud del equipo de SAK Fundación, A.C., significa la aceptación del presente Consentimiento Informado, así como la de sus Términos y Condiciones, y la ignorancia de los mismos no exime de su cumplimiento.

CAPÍTULO II: DE LA ADMISIÓN COMO PACIENTE

Artículo 5. El paciente podrá realizar su solicitud de admisión via internet, en las instalaciones de SAK Fundación, A.C., llenando debidamente la ficha de registro de paciente y haciéndola llegar a SAK Fundación, A.C.

Para ser admitido como paciente de SAK Fundación, A.C., todo aspirante cumplirá con los siguientes requisitos:

  1. Presentar o enviar de manera digital la ficha de registro de paciente

  2. Presentar o enviar de manera digital acta de nacimiento o identificación oficial

  3. Presentar o enviar de manera digital un comprobante de domicilio

  4. Presentar o enviar de manera digital el Consentimiento Informado, Acuerdo de Servicios y Términos y Condiciones para la atención psicológica y psiquiátrica del paciente, debidamente llenada y firmada.

  5. Ser aceptado bajo los criterios que determine el Consejo de Salud de SAK Fundación, A.C.

Artículo 6. Con el fin de validar la autenticidad de los documentos presentados y/o enviados por los aspirantes o pacientes, SAK Fundación, A.C. se reserva el derecho de solicitar, en el momento requerido, los documentos originales para su cotejo.

Artículo 7. El proceso de admisión de pacientes es continuo y las fechas de consulta o atención se sujetará a los calendarios establecidos por SAK Fundación, A.C. en común acuerdo con el profesionista tratante y el paciente.

Artículo 8. Los casos no previstos en este capítulo serán conocidos y resueltos por el Consejo de Salud de SAK Fundación, A.C.

Artículo 9. Una vez cumplidos con los requisitos señalados, el paciente podrá recibir atención en salud mental, por cualquiera de los siguientes profesionistas aquí listados:

  1. Marilú Ancona

  2. María Isabel Ángeles

  3. Iliana Aragón

  4. Belén Banderas

  5. Gabriela Campillo

  6. Carla Chapa

  7. Alicia Hinojosa

  8. Alejandra Ibarra

  9. Gabriela Ibarra

  10. Faryde Lara

  11. Yuridia Montoya

  12. Karina Pareja

  13. Ruby Sandoval

  14. Fernando Sierra

  15. Carlos Valencia

Artículo 10. De conformidad con el presente Consentimiento Informado, así como en sus términos y condiciones, el paciente acepta recibir atención en materia de salud mental, por parte de el/los profesionistas asignados.

CAPÍTULO III: DE LA READMISIÓN COMO PACIENTE

Artículo 11. Son requisitos para ser readmitido como paciente de SAK Fundación, A.C., los siguientes:

  1. Haber sido aceptado como paciente por el Consejo de Salud de SAK Fundación, A.C.

  2. Acreditar los documentos requeridos por la Dirección de Salud

  3. Efectuar el trámite completo de admisión señalado en el Capítulo II del presente Consentimiento Informado y bajo los Términos y Condiciones aquí establecidos.

  4. Cubrir una cuota de penalización, equivalente al doble de la cuota establecida inicialmente, y cuya cuota por servicio correspondiente se especifica en el Artículo 26.

  5. Adaptarse al reajuste del tratamiento y modificación en el número de sesiones propuestas por el profesionista responsable, así como la aceptación de una posible nueva cuota de recuperación, que será establecida por SAK Fundación, A.C., de acuerdo a los motivos causantes de la baja.

  6. Asistir y participar obligatoriamente en la actividad terapéutica adicional de SAK Fundación, A.C., sugerida por el profesionista responsable.

Artículo 12. Podrán ser admitidos nuevamente como pacientes, de conformidad con los presentes Términos y Condiciones:

  1. Quienes hayan sido pacientes en periodos anteriores y no hayan sido dados de baja por Términos y Condiciones.

  2. Quienes hayan suspendido su tratamiento voluntariamente y deseen reincorporarse como pacientes de SAK Fundación, A.C., siempre y cuando haya sido aceptado su reingreso como pacientes por parte de la Dirección de Salud.

Artículo 13. Los pacientes que por cualquier motivo se den de baja en un periodo determinado y soliciten su readmisión como pacientes, acatarán las disposiciones que emita la Dirección de Salud para tal efecto.

Artículo 14. La readmisión como paciente será efectuada personalmente, por correo electrónico a info@sakfundacion.org, salud@sakfundacion.org y/o a través de la página web o plataforma tecnológica de SAK Fundación, A.C.

Artículo 15. Los pacientes quedan obligados al pago total de sus sesiones, así como al pago de los demás servicios que SAK Fundación, A.C. le proporcione, que en forma enunciativa y no limitativa, serán: pagos por consulta médica, psiquiátrica, psicológica, terapéutica, terapia grupal, acompañamiento, contención, postvención, por citar algunos, sujetándose para el pago por adelantado de cada una de estas sesiones, a lo establecido en el presente Consentimiento Informado y en los Términos y Condiciones aquí señalados.

Artículo 16. Para realizar cualquier trámite, será necesario estar al corriente en todos los pagos de las sesiones. Por lo anterior, no procederá a la entrega de ningún tipo de documento a aquellos pacientes que tengan cualquier tipo de adeudo. En este caso, SAK Fundación, A.C. podrá solicitar al paciente la constitución de una garantía para asegurar el pago del adeudo.

Artículo 17. La demora en el pago de las cuotas causará los recargos correspondientes, mismos que serán dados a conocer al paciente por parte de SAK Fundación, A.C.

Artículo 18. Las cuotas, tarifas y costos de los servicios que brinda SAK Fundación, A.C., podrán ser modificadas de acuerdo a las condiciones económicas del país y al entorno de salud de la fundación.

CAPÍTULO IV: DE LOS SERVICIOS DE SALUD

Artículo 19. Las sesiones o servicios de salud ofrecidos por SAK Fundación, A.C. se llevarán a cabo los días y horas que cada uno de los profesionales de la salud acuerden con cada paciente, y tendrán una duración aproximada de 50 a 90 minutos, según sea el caso y el profesional tratante.

Artículo 20. El paciente sólo podrá tener acceso al servicio solicitado y previamente cubierta la cuota de recuperación establecida.

Artículo 21. Es obligación del paciente:

  1. Comunicarse con el profesional tratante a través del correo electrónico, WhatsApp o número de contacto proporcionado.

  2. Realizar las actividades establecidas por el profesional tratante.

  3. Revisar los materiales que el profesional ponga a su disposición.

  4. Reportar a SAK Fundación, A.C., cualquier incidente con el profesional tratante.

  5. Evaluar la atención del profesional tratante cuando así se le solicite.

  6. Consultar el Consentimiento Informado, Aviso de Privacidad y Términos y Condiciones para los servicios solicitados.

  7. Llevar el registro de sus respectivas citas con el profesional tratante.

  8. Hacer buen uso de la información ofrecida por parte del profesional tratante o de SAK Fundación, A.C., por lo que SAK Fundación, A.C. se reserva el derecho de monitorear su uso y de aplicar las sanciones correspondientes.

Artículo 22. Es requisito que el paciente llegue a las sesiones con puntualidad, es decir, con 10 minutos de anticipación. La tolerancia es de 15 minutos, por lo que una vez transcurrido este tiempo, no se podrá tomar la sesión. Sin embargo, ésta contará como sesión proporcionada por parte del profesionista tratante de SAK Fundación, A.C., y la cuota de recuperación deberá ser cubierta por el paciente o su representante legal.

Artículo 23. En caso de no poder asistir a las sesiones, el paciente deberá avisar con por lo menos 24 horas de anticipación al profesionista responsable, para reprogramar la cita.

Artículo 24. Con el fin de apoyar el proceso terapéutico del paciente, éste deberá asistir a las actividades que programe SAK Fundación, A.C., cuando el profesionista tratante así se lo indique.

Artículo 25. SAK Fundación, A.C. tiene el objetivo de brindar alternativas al paciente, en la búsqueda de soluciones para los motivos por los cuales ha solicitado sus servicios, así que en caso de requerir que la familia directa del paciente asista a las sesiones, el paciente deberá permanecer abierto a dicha recomendación.

Artículo 26. La cuota de recuperación establecida para cada sesión, varía según el servicio tal y como se estipula a continuación:

  1. Consulta médica: $ 850.00 (Ochocientos cincuenta pesos 00/100 MXN)

  2. Consulta psiquiátrica: $ 1,200.00 (Mil doscientos pesos 00/100 MXN)

  3. Intervención en crisis: $ 1,200.00 (Mil doscientos pesos 00/100 MXN)

  4. Psicoterapia individual: $ 650.00 (Seiscientos cincuenta pesos 00/100 MXN)

  5. Psicoterapia familiar: $ 1,200.00 (Mil doscientos pesos 00/100 MXN)

  6. Terapia MDR: $ 1,000.00 (Mil pesos 00/100 MXN)

  7. Terapia por Brainspotting: $ 1,000.00 (Mil pesos 00/100 MXN)

  8. Atención a Autismo y Trastorno del Espectro Autista: $ 800.00

  9. Valoración de riesgo suicida: $ 2,400.00 (Dos mil cuatrocientos pesos 00/100 MXN)

  10. Acompañamiento suicidológico: $ 650.00 (Seiscientos cincuenta pesos 00/100 MXN)

  11. Acompañamiento tanatológico: $ 650.00 (Seiscientos cincuenta pesos 00/100 MXN)

  12. Atención a duelo: $ 650.00 (Seiscientos cincuenta pesos 00/100 MXN)

  13. Atención a duelo por suicidio: $ 650.00 (Seiscientos cincuenta pesos 00/100 MXN)

  14. Postvención a sobrevivientes (1-2 personas): $ 1,500.00  (Mil quinientos pesos 00/100 MXN)

  15. Postvención a sobrevivientes (familiar): $ 2,400.00 (Dos mil cuatrocientos pesos 00/100 MXN)

Artículo 27. Toda cuota o pago por servicio deberá ser cubierto por anticipado a la cuenta bancaria de SAK Fundación, A.C., cuyos datos se especifican a continuación:
SAK Fundación, A.C.
R.F.C.: SFU190426PN6
Banco: Banamex
Cuenta: 9748310066
CLABE: 002180701078975834

Artículo 28. Todo comprobante de pago deberá ser enviado por correo electrónico a la dirección de salud@sakfundacion.org

Artículo 29. Ningún servicio será ofrecido por ningún profesionista del equipo de salud de SAK Fundación, A.C., si no se cuenta con el comprobante de pago correspondiente.

Artículo 30. En caso de que por cualquier motivo el paciente deje de asistir a sus consultas o sesiones de salud, queda obligado a cubrir oportunamente, todos sus pagos de acuerdo a los plazos fijados por SAK Fundación, A.C.

CAPÍTULO V: DE LAS ALTAS

Artículo 31. Se otorgará el alta a cada paciente cuando su profesional tratante así lo acredite.

Artículo 32. El alta se garantiza a través de un certificado de salud, que es un documento oficial que hace constancia plena de la mejora y evolución de los pacientes y en consecuencia, sólo puede ser llenada y entregada por el profesional tratante.

Artículo 33. El certificado de salud sólo podrá ser otorgado por SAK Fundación, A.C. cuando el profesional tratante así lo señale y cuando los pacientes cumplan con el requisito de estar al corriente en el pago de todas sus cuotas y se realice el pago correspondiente por el servicio solicitado.

CAPÍTULO VI: DE LAS BAJAS

Artículo 34. SAK Fundación, A.C. tiene derecho a interrumpir el tratamiento por cualquier razón que considere apropiada, incluyendo, pero no limitado a: retrasos y cancelaciones reiteradas excesivamente y bajas consecutivas. En tales casos, el paciente o su representante legal, se comprometen a aceptar la responsabilidad total de buscar otras alternativas de atención profesional de salud mental.

Artículo 35. SAK Fundación, A.C. enviará una carta que podrá ser entregada personalmente o via correo electrónico al paciente o a su representante legal, para informarle que ha sido dado de baja como paciente de SAK Fundación, A.C., y que por tanto, su tratamiento ha sido descontinuado.

Artículo 36. Un paciente puede ser dado de baja de SAK Fundación, A.C. cuando:

  1. Solicite su baja voluntaria a la Dirección de Salud

  2. Acumule 3 faltas consecutivas durante su proceso médico o terapéutico sin previa notificación al profesionista responsable o a la Dirección de Salud

  3. Llegue 3 veces tarde a sus sesiones pasado el tiempo de tolerancia (15 minutos), sin previo aviso al profesionista tratante

  4. Deje de asistir a las sesiones sin el consentimiento previo del profesionista tratante

  5. Sea dado de baja por el profesional tratante

  6. Sea dado de baja de acuerdo al presente Consentimiento Informado y de acuerdo a los Términos y Condiciones aquí establecidos.

Artículo 37. Existen tres tipos de bajas, que son:

  1. Baja voluntaria

  2. Baja por el Consejo de Salud de SAK Fundación, A.C.

  3. Baja por Consentimiento Informado y Términos y Condiciones

Artículo 38. La baja voluntaria es aquella que el paciente tiene derecho a solicitar, por motivos personales.

Artículo 39. La baja voluntaria no anula el pago de las cuotas establecidas, por lo que el paciente deberá cubrir la totalidad de las cuotas de los servicios requeridos.

Artículo 40. Después de haber solicitado la baja voluntaria, los pacientes que así lo deseen podrán ser readmitidos como pacientes por SAK Fundación, A.C., siempre y cuando cumplan con las políticas y procedimientos que para ello fije la Dirección de Salud, con base a lo establecido en el Capítulo III.

Artículo 41. Para realizar cualquier baja voluntaria, el paciente deberá tramitarla por escrito ante la Dirección de Salud. En caso de no hacerlo, quedarán vigentes todas las obligaciones de salud y financieras que el paciente haya contraído con SAK Fundación, A.C., de acuerdo al presente Consentimiento Informado y los Términos y Condiciones aquí señalados.

Artículo 42. Será el Consejo de Salud el encargado de imponer las bajas por Términos y Condiciones en los siguientes casos:

  1. Por invalidez de los documentos proporcionados por el paciente a SAK Fundación, A.C., en cuyo caso no habrá devolución de cuotas y el paciente no podrá ser admitido nuevamente como paciente de SAK Fundación, A.C.

  2. Por presentar, dolosamente, documentos insuficientes o que no cumplan con los requisitos solicitados para ser paciente de SAK Fundación, A.C.

  3. Por violentar la disciplina y el orden de SAK Fundación, A.C., o en sus inmediaciones.

  4. Uso inadecuado de los medios de comunicación.

  5. Por faltas graves a la moral o al derecho dentro o en las inmediaciones de SAK Fundación, A.C., por ejemplo: presentarse en estado de ebriedad, por el uso o posesión de cualquier psicotrópico o sustancias peligrosas, robo, introducción de armas a las instalaciones, daño en propiedad ajena, y otras análogas.

  6. Por realizar actos tendientes a la modificación de cuotas o saldos, falsificación de cualquier tipo de documentos o pretendiendo sobornar a los profesionales de la salud, empleados, funcionarios u otros, con ese fin.

  7. Por alteración de cualquier documento emitido por SAK Fundación, A.C.

  8. Por cometer actos que signifiquen faltas de respeto a los profesionales tratantes, personal administrativo u otros.

  9. Por hacer pasar como propios documentos de identidad y oficiales pertenecientes a otra persona.

CAPÍTULO VII: DE LA SEGURIDAD, LA SALUD FÍSICA Y MENTAL DE LOS PACIENTES

Artículo 43. A efecto de garantizar la salud física y mental de la comunidad, así como garantizar la atención en un ambiente de armonía y respeto, se establece lo siguiente:

  1. Se prohíbe el ingreso a las instalaciones de SAK Fundación, A.C., o a cualquiera de los consultorios o espacios de los profesionistas tratantes, a cualquier persona que se encuentre bajo los efectos del alcohol o de cualquier otra sustancia considerada peligrosa o nociva para la salud.

  2. De conformidad con las leyes vigentes y con las disposiciones de salud que SAK Fundación, A.C. considere convenientes para la comunidad, no se permitirá fumar en ninguna de las instalaciones, consultorios o espacios señalados.

Artículo 44. Por medidas de seguridad y para garantizar la atención de calidad y de convivencia armónica, SAK Fundación, A.C. establece que se deberá solicitar autorización por escrito a la Dirección de Salud para introducir a personas ajenas a las instalaciones, si éstas no son solicitadas por el profesional tratante.

CAPÍTULO VIII: DE LA REDUCCIÓN DE TARIFAS Y APOYO A LA COMUNIDAD

Artículo 45. En relación con la misión de SAK Fundación, A.C., de servir a la comunidad y sujeto a los recursos disponibles, SAK Fundación, A.C. puede atender en un programa de reducción de tarifas, a pacientes que no puedan pagar la cuota usual y de costumbre para el servicio.

Artículo 46. El Comité de Apoyos de Salud será el órgano que cumpla y aplique los procedimientos establecidos para el otorgamiento de reducción de tarifas y cuyas decisiones serán inapelables.

Artículo 47. El Comité de Apoyos de Salud tendrá las siguientes facultades:

  1. Expedir y publicar las formas para solicitar una reducción de tarifa.

  2. Evaluar y dictaminar las solicitudes recibidas.

Artículo 48. Los resultados del proceso de apoyos y reducción de tarifas serán notificados por escrito, por el área de salud de SAK Fundación, A.C.

Artículo 49. Los apoyos económicos comprenden la reducción de tarifas en las cuotas de los servicios de salud. Podrán otorgarse de manera total o bien en porcentajes parciales.

Artículo 50. El paciente podrá ser candidato a una reducción de tarifa cuando cubra los siguientes requisitos:

  1. Ser paciente de SAK Fundación, A.C. y que haya sido aceptado como tal, conforme lo establece el Capítulo II del presente Consentimiento Informado y de acuerdo a los Términos y Condiciones aquí estipulados.

  2. Presentar la solicitud de reducción de tarifa en los términos y plazos establecidos, anexando los documentos probatorios que SAK Fundación, A.C. indique, y cumplir con los requisitos establecidos.

  3. Presentar una forma de determinación de ingresos.

  4. Contar con los demás requisitos que establezca la Dirección de Salud.

Artículo 51. Los apoyos y reducciones de tarifas otorgados por SAK Fundación, A.C. no podrán suspenderse ni cancelarse salvo en los casos del Artículo siguiente.

Artículo 52. SAK Fundación, A.C. podrá cancelar un apoyo o reducción de tarifa cuando el paciente:

  1. Haya proporcionado información falsa para su obtención.

  2. Realice conductas contrarias al presente Consentimiento Informado y a los Términos y Condiciones aquí estipulados, o en su caso, no haya atendido las amonestaciones o prevenciones que por escrito se le hubieran comunicado oportunamente.

Artículo 53. El paciente receptor de algún apoyo o reducción de tarifa por parte de SAK Fundación, A.C. adquiere un compromiso moral que debe traducirse en el compromiso consigo mismo y con sus tratamientos.

CAPÍTULO IX: DE LOS DERECHOS DE LOS PACIENTES

Artículo 54. Todos los pacientes tienen derecho a recibir de manera oportuna y eficiente los servicios ofrecidos por parte de SAK Fundación, A.C.

Artículo 55. Los pacientes pueden expresar libremente sus ideas y opiniones, siempre y cuando lo hagan a título personal y bajo su responsabilidad, sin más limitaciones que el respeto a los valores morales, al marco jurídico, a la comunidad de la institución y al presente Consentimiento Informado y de acuerdo a los Términos y Condiciones aquí señalados.

Artículo 56. Los pacientes tienen derecho a recibir información sobre su tratamiento, así como toda notificación necesaria y pertinente para el buen manejo administrativo y de salud, siempre y cuando lo solicite por escrito.

Artículo 57. Los pacientes tienen derecho a conocer la trayectoria y currículum de su profesional tratante, así como el objetivo de su tratamiento y cualquier información que el paciente considere necesaria para su compromiso y adherencia al mismo, siempre y cuando lo solicite por escrito.

Artículo 58. Los pacientes tienen derecho a que SAK Fundación, A.C. mantenga la debida confidencialidad de todos los datos contenidos en los expedientes, y sólo serán proporcionados al interesado o a personas autorizadas por él mediante carta poder debidamente requisitada, o de acuerdo a lo estipulado en el Capítulo X del presente Consentimiento Informado.

CAPÍTULO X: DE LA CONFIDENCIALIDAD Y SUS LÍMITES

Artículo 59. Tanto las leyes federales y estatales protegen la privacidad de todas las comunicaciones entre un paciente y un profesional de la salud, como psicoterapeuta, psiquiatra, suicidólogo o terapeuta.

Artículo 60. En muchas situaciones, SAK Fundación, A.C. sólo puede divulgar información sobre el tratamiento del paciente a los demás, si éste firma una autorización por escrito que cumpla con ciertos requisitos legales impuestos por el estado y las regulaciones federales de privacidad.

Artículo 61. Se invita a todo paciente a por favor leer el aviso de privacidad, que está a su disposición en www.sakfundacion.org, página web oficial de SAK Fundación, A.C.

Artículo 62. La firma del paciente en el presente Acuerdo y Consentimiento Informado, prevé el consentimiento para las actividades de la siguiente manera:

  1. SAK Fundación, A.C., es un centro de formación e investigación, la información que el paciente nos suministra puede ser discutida en las sesiones de supervisión.

  2. Los terapeutas y/o los profesionistas de SAK Fundación, A.C., pueden encontrar útil el consultar con otros proveedores de salud mental en el centro sobre algún caso.

  3. Los proveedores de servicios de salud mental del centro están legalmente obligados a mantener la información confidencial.

  4. El paciente debe estar consciente que SAK Fundación, A.C., ejerce con otros proveedores de salud mental y emplea un personal administrativo.

  5. En la mayoría de los casos, SAK Fundación, A.C. tiene que compartir la información protegida de salud con estas personas, tanto para propósitos clínicos y administrativos, tales como presentación, programación y facturación.

  6. Todos los proveedores de salud mental están sujetos a las mismas normas de confidencialidad. Todo el personal ha sido informado sobre la protección de su privacidad y han acordado no divulgar ninguna información fuera del centro, sin la autorización de un miembro del personal profesional o de lo contrario, legalmente apropiado.

  7. Revelaciones necesarias para cobrar las cuotas pendientes se mencionan en otras partes del presente Acuerdo, Consentimiento Informado y Términos y Condiciones.

Artículo 63. Hay algunas situaciones en las que SAK Fundación, A.C. está permitido u obligado a divulgar información sin el consentimiento o autorización del paciente, incluyendo, pero no limitado a:

  1. Si el paciente está involucrado en un procedimiento judicial y se realiza una solicitud por parte de alguna instancia gubernamental o autoridad legal, de información con respecto a su evaluación, diagnóstico o tratamiento,

  2. Si el paciente es menor de edad o no posee autoridad legal para representarse a sí mismo,

  3. Si el paciente atenta o ha atentado contra su vida o la de terceros,

  4. Si el paciente lleva a cabo algún delito dentro de nuestras instalaciones, consultorios o dentro de los espacios proporcionados por parte de SAK Fundación, A.C. destinados a su tratamiento.

Artículo 64. El paciente debe tomar en cuenta que esta información está protegida por la ley, y que en ningún caso SAK Fundación, A.C. proporcionará esta información a terceros, salvo si se cumplen las siguientes condiciones:

  1. Autorización por escrito de su parte o parte de su representante legal;

  2. Solicitud por medio de una orden judicial;

  3. Solicitud por parte de autoridades gubernamentales, con respecto a la información para las actividades de supervisión concernientes a su salud;

  4. Queja o demanda en contra de SAK Fundación, A.C., que con el fin de defenderse, requiera que se divulgue la información pertinente al caso del paciente, que concierna a dicha queja o demanda, o a la persona o personalidad legal que la presente o represente.

Artículo 65. De igual manera, existen algunas situaciones en las que SAK Fundación, A.C. pueda estar legalmente obligado a tomar acciones, que considere necesarias para tratar de proteger a terceros del daño que pudiese ser ocasionado por parte del paciente, y que implicaría que SAK Fundación, A.C. se vea en la necesidad de revelar alguna información sobre el tratamiento de un paciente, incluyendo pero no limitado a: 1) si se tiene motivos razonables para sospechar que un niño o persona menor de 18 años es abusado, abandonado o descuidado, o 2) si se tiene motivos razonables para creer que un adulto vulnerable es abusado, descuidado o explotado, entre otros. La ley exige que este tipo de situaciones sean denunciadas ante las autoridades competentes.

CAPÍTULO XI: DESISTIMIENTO LEGAL

Artículo 66. Al convertirse en paciente de SAK Fundación, A.C., el paciente exime de toda responsabilidad a SAK Fundación, A.C. o a su equipo de profesionistas, en caso de la muerte del paciente en cualquier circunstancia, y desde este momento se desiste de ejercer cualquier acción de índole civil, penal, mercantil, administrativo y de cualquier índole legal, ante cualquier autoridad en contra de SAK Fundación, A.C. o en contra de sus médicos, psicólogos, psiquiatras, suicidólogos, terapeutas y/o demás profesionistas de la salud implicados en el tratamiento del paciente.

TRANSITORIOS

Artículo 67. El presente Acuerdo y Consentimiento Informado entra en vigor a partir del 1 de enero del 2022.

Artículo 68. Los casos no previstos en el presente Acuerdo, Consentimiento Informado y en los Términos y Condiciones aquí establecidos, serán resueltos por el Consejo de Salud de SAK Fundación, A.C.